Acoso y violencia laboral: Por qué improvisar ya no es una opción para las empresas

13:27h

La especialista en normas de calidad, Celeste Williner, advirtió en su columna de este viernes en Pelado Stream que las organizaciones ya no pueden improvisar ante situaciones de violencia. Con la ratificación del Convenio 190 de la OIT, la gestión del acoso es un imperativo legal que exige protocolos activos y un cambio cultural profundo.

Lo más importante: El fin de la improvisación

La prevención del acoso en las organizaciones ha dejado de ser una acción opcional o de «buen gusto» para transformarse en una obligación legal. Según explicó Celeste Williner, cuando un caso de acoso escala sin que existan protocolos o equipos entrenados, las consecuencias para la empresa son devastadoras y se multiplican en tres frentes: legal, humano y reputacional. El marco fundamental es el Convenio 190 de la OIT, ratificado en gran parte de América Latina y, específicamente en Argentina, mediante la Ley 27.580, integrándose plenamente al ordenamiento jurídico nacional.

El marco legal y la responsabilidad compartida

El Convenio establece que la violencia y el acoso constituyen una violación de los derechos humanos y una amenaza directa a la igualdad de oportunidades. En este sentido, la responsabilidad no recae en un solo sector; ante un conflicto, surge la interrogante de si la falla es del líder que no vio las señales o de la empresa que no lo entrenó para detectarlas. Por ello, la gestión debe ser integral, involucrando a las áreas de Recursos Humanos, Legales y Compliance.

Los 5 ejes para una gestión real

Para que la prevención sea efectiva y no meramente teórica, Williner destacó cinco pilares estratégicos que las organizaciones deben implementar:

  1. Compromiso de la Dirección: La alta gerencia debe manifestar por escrito que no tolerará violencia, asignando recursos y liderando con el ejemplo.
  2. Políticas y protocolos claros: Definir qué conductas son acoso, cómo denunciar de forma confidencial y qué sanciones se aplicarán.
  3. Capacitación permanente: Formación constante para todo el personal en resolución de conflictos y detección temprana de conductas inapropiadas.
  4. Canales de denuncia seguros: Garantizar la confidencialidad, imparcialidad y protección de las partes involucradas para que se pueda denunciar sin temor.
  5. Cultura organizacional sólida: Fomentar valores de respeto, igualdad e inclusión que vayan más allá de las normas escritas.

Contexto: Más allá del papel

Finalmente, la especialista enfatizó que el cumplimiento del Convenio 190 no se logra teniendo un protocolo «guardado en un cajón». Una organización es realmente cumplidora cuando sus integrantes saben que serán tratados con dignidad, que sus denuncias serán escuchadas y que la empresa actuará con rapidez, imparcialidad y responsabilidad ante cualquier incidente. El objetivo final es crear ambientes de trabajo seguros y promover una cultura de trato digno.

PELADO STREAM

Redacción PeladoStream
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