29 Jul 07:40h
El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), mediante la Resolución 330/2026 emitida el 28 de julio de 2026, otorgó una victoria definitiva a la empresa Vicuña Argentina S.A. al aprobar su solicitud de acceso a la capacidad de transporte y emitir el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para la expansión del sistema eléctrico de alta tensión en San Juan. Esta medida permite el abastecimiento de 260 MW para la Fase I del proyecto minero Josemaría, conectándose a través de la futura Estación Transformadora (ET) Chaparro.
A continuación se detallan los puntos clave de esta resolución y los beneficios otorgados a la minera:
1. Obras de Infraestructura y Ampliación
El ENREGE autorizó un ambicioso conjunto de obras que integrarán el proyecto al Sistema Argentino de Interconexión (SADI), las cuales serán financiadas íntegramente por capitales privados de Vicuña Argentina S.A.:
- Energización a 500 kV: Se adecuará la línea existente entre las estaciones Nueva San Juan y Rodeo, que actualmente opera en 132 kV, para que funcione a 500 kV.
- Nueva Línea de Extra Alta Tensión (LEAT): Construcción de una línea de 500 kV de aproximadamente 167 kilómetros entre las ET Rodeo y Chaparro.
- Nuevas Estaciones: Construcción de la ET Chaparro (tecnología GIS, 500/220 kV) y la ampliación de la ET Rodeo con un banco de transformación de 600 MVA.
2. Prioridad de Uso Exclusivo por 25 Años
Uno de los puntos más controvertidos fue el otorgamiento de prioridad de uso frente a terceros, que el ENREGE ratificó en favor de Vicuña por un plazo de 25 años (vida útil del proyecto):
- 90% de la capacidad remanente en la línea Nueva San Juan – Rodeo.
- 90% de la capacidad disponible en la nueva LEAT Rodeo – Chaparro y en la ET Chaparro.
- Excepción: No se otorgó prioridad sobre el transformador 500/132/33 kV de la ET Rodeo, ya que su carga no depende directamente de la demanda del proyecto minero.
3. Rechazo Total de Oposiciones
La resolución desestimó de manera contundente todas las oposiciones presentadas por diversos sectores:
- EPRE San Juan: El regulador provincial argumentaba que la red fue financiada históricamente por usuarios sanjuaninos y exigía acuerdos de mitigación y un modelo multiusuario. El ENREGE respondió que el transporte de extra alta tensión es de jurisdicción federal exclusiva y que las provincias no tienen poder de veto sobre el SADI.
- Proyectos Mineros Competidores: Empresas como Andes Corporación Minera (Los Azules), Golden Mining (Hualilán) y Barrick impugnaron la exclusividad alegando que bloqueaba el desarrollo de otros emprendimientos. El ENREGE dictaminó que estos proyectos no tienen «fecha cierta» o solicitudes fehacientes ante la transportista federal y que la obra de Vicuña, al robustecer la red, generará una externalidad positiva que terminará beneficiando a los usuarios regionales al descargar las redes de 132 kV.
- Provincia de La Rioja: Su reclamo por una futura interconexión fue rechazado al considerarse que obligar a Vicuña a financiar obras para una provincia vecina constituiría un «enriquecimiento sin causa» o comportamiento de free-rider.
4. Fundamentos Jurídicos y el «Principio del Beneficiario»
El ENREGE sostuvo que el marco regulatorio actual (Ley 24.065 y Resolución SE 311/2025) busca incentivar la inversión privada garantizando que quien asume el 100% del riesgo financiero (CAPEX) tenga prioridad para evitar que otros se beneficien gratuitamente de su inversión. Además, reafirmó que las redes de transporte federal son «establecimientos de utilidad nacional» sujetos a las leyes del Estado Nacional y no a normativas provinciales como la Ley 1181-A de San Juan.
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