Navidad amarga para Milei: La Justicia le ordenó obedecer la Ley de Financiamiento Universitario

07:34h

El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, hizo lugar a una medida cautelar que obliga al Poder Ejecutivo a cumplir de manera inmediata con la actualización de las partidas para salarios docentes y becas estudiantiles.

La resolución judicial ordenó la aplicación de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria (27.795) y suspendió los efectos del Decreto 759/2025, mediante el cual el presidente Javier Milei pretendió frenar su ejecución.

El magistrado consideró que la decisión oficial presenta rasgos de «arbitrariedad e ilegalidad manifiesta» al desconocer la insistencia legislativa del Congreso.

La medida surgió a partir de un amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades, bajo el patrocinio del abogado Pablo Manili. El fallo subrayó que, tras el veto presidencial y la posterior ratificación de la ley por ambas cámaras con las mayorías necesarias, la Constitución Nacional no admite variantes suspensivas para su cumplimiento.

Los argumentos centrales que sustentaron la decisión del juez Cormick fueron los siguientes:

  • El magistrado acreditó una inobservancia clara de un deber jurídico por parte del Ejecutivo, dado que el proceso constitucional de insistencia legislativa (artículo 83) transformó el proyecto en ley definitiva, lo que impuso una actuación positiva e inmediata de la autoridad pública.
  • La justicia determinó que el Decreto 759/2025 se fundó en una norma de inferior jerarquía para eludir un mandato constitucional expreso, intentando suspender una ley bajo el argumento de falta de financiamiento presupuestario.
  • Se constató un peligro real en la demora debido al deterioro constante de los ingresos de los docentes y becarios, lo cual conculcó derechos laborales protegidos por tratados internacionales y la propia Constitución.
  • El fallo indicó que la aplicación de la ley no afecta el interés público de manera negativa, ya que el impacto fiscal estimado es de apenas un 0,23% del PBI, mientras que el ahorro presupuestario pretendido resulta poco significativo en comparación con el daño al derecho de enseñar y aprender.
  • Cormick señaló que la conducta del Poder Ejecutivo parece reñida con el principio de división de poderes, al intentar dejar sin efecto por vía administrativa una norma que el Congreso ratificó tras un proceso de veto y revisión.

El juez aclaró que esta medida cautelar posee un carácter innovativo y provisorio, por lo que regirá hasta que se dictó una sentencia definitiva sobre el fondo del asunto.

Al ordenar el cumplimiento de los artículos 5° y 6° de la ley 27.795, el magistrado buscó reparar de forma urgente una situación de hecho que alteró el estado de derecho vigente tras la sanción legislativa.

Finalmente, la cautelar se concedió bajo caución juratoria, en un contexto marcado por la discusión del presupuesto para el próximo ejercicio.

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Redacción PeladoStream
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