
26 Ago 13:21h
La directora del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) Elina Peralta, explicó este martes en Pelado Stream la letra fina del segundo sorteo de viviendas de la gestión orreguista, que tendrá lugar el 25 de septiembre de 2025 en la Caja de Acción Social de la Provincia, donde se adjudicarán 344 unidades habitacionales.
Este sorteo, que incluye una cantidad mayor de viviendas que el anterior (344 frente a 219), está destinado a familias que cumplan con requisitos específicos y busca garantizar la transparencia en la asignación.
Para poder participar, los interesados deben seguir un cronograma estricto. Hasta el 29 de agosto de 2025, las familias tienen tiempo para actualizar sus datos o incorporarse al padrón del IPV, un trámite que debe realizarse de forma presencial y requiere la presentación de toda la documentación necesaria.
Una vez empadronados, la inscripción al sorteo y la selección del barrio se habilitará de manera online del 1 al 8 de septiembre de 2025 a través de la página web oficial del IPV (ipv.sanjuan.gob.ar). Cada grupo familiar puede seleccionar un único barrio para postularse.
Existen restricciones de domicilio para la postulación: las familias solo pueden inscribirse en los barrios ubicados en los departamentos donde residen. Sin embargo, el Gran San Juan (que incluye Capital, Santa Lucía, Rivadavia, Rawson y Chimbas) es una excepción, permitiendo a sus residentes postularse a las viviendas en Chimbas.
Una particularidad se presenta en Calingasta, donde las 7 viviendas del barrio El Puerto en Sorocayense solo están disponibles para familias domiciliadas en esa localidad específica. Los departamentos incluidos en este sorteo son Angaco, Calingasta (Sorocayense), Chimbas, Pocito, 25 de Mayo, San Martín y Sarmiento.
Los requisitos elementales para aspirar a una vivienda del IPV son:
• Pertenecer a un grupo familiar: La ley establece grupos familiares, aunque el IPV ha flexibilizado la definición para incluir, por ejemplo, hermanos o una madre con sus hijos, siempre que sean familiares directos.
• Acreditar ingresos: Se requiere un sueldo mínimo equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil para garantizar el pago de la vivienda.
• No poseer otra propiedad: La ley establece que la vivienda se entrega por única vez a quienes tienen una necesidad habitacional. No se puede ser adjudicatario si se posee otra propiedad, a menos que el valor de un lote pequeño sea inferior al de una vivienda del IPV. También se debe resolver cualquier condominio o derecho de herencia sobre otra propiedad que supere el valor de una vivienda IPV.
• Exclusión de grupos familiares existentes: Los hijos que deseen participar en un sorteo del IPV deben excluirse del grupo familiar de sus padres si estos ya poseen una vivienda del IPV.
La directora Elina Peralta también destacó que el sorteo utiliza un sistema transparente con la Caja de Acción Social y se transmite por streaming, permitiendo visualizar todo el proceso.
Para aquellos con mayor antigüedad en el padrón, el 40% de las viviendas se destina a familias con más años de espera, mientras que los recién inscriptos tienen un porcentaje menor de posibilidades, aproximadamente un 12%. Esto busca equilibrar las oportunidades sin excluir a nadie.
PELADO STREAM
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